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CONVOCATORIA PARA EL ACCESO EXTRAORDINARIO A LAS BOLSAS DE TRABAJO DE LAS ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS/AS, ASÍ COMO A DETERMINADAS BOLSAS CON PERFIL BILINGÜE


Fecha

22/11/2017

Referencia


Empresa

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

Más información

http://www.juntadeandalucia.es/eboja/2017/224/BOJA17-224-00011-20159-01_00125222.pdf

Ubicación

Localidad


Provincia


Descripción

Puesto

CONVOCATORIA PARA EL ACCESO EXTRAORDINARIO A LAS BOLSAS DE TRABAJO DE LAS ESPECIALIDADES DEL CUERPO DE MAESTROS/AS, ASÍ COMO A DETERMINADAS BOLSAS CON PERFIL BILINGÜE

Requisitos

Requisitos mínimos

1. REQUISITOS GENERALES: a) Tener la nacionalidad española, la de alguno de los demás estados miembros de la Unión Europea o la de algún estado al que sea de aplicación la Directiva 2004/38/CE, del Parlamento Europeo, sobre libre circulación de personas trabajadoras y la norma que se dicte para su incorporación al ordenamiento jurídico español y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros estados que formen parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, modificado por el Real Decreto 1710/2011, de 18 de noviembre. Asimismo, podrán participar los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, o estándolo se encuentren en uno de los supuestos descritos en el apartado 4 del artículo 9 del citado Real Decreto 1710/2011, así como sus descendientes, y los de sus cónyuges, si no están separados de derecho, siempre que sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la Función Pública y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa. c) No padecer enfermedad ni tener limitación física o psíquica incompatibles con el desempeño de las funciones docentes correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta. d) No haber sido separado del servicio, por expediente disciplinario, de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas y no hallarse cumpliendo pena de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas. En el supuesto de no estar en posesión de la nacionalidad española, y de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se deberá acreditar no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en el país de origen, el acceso a la función pública. e) Poseer la capacidad funcional y competencia profesional, tanto teórica como práctica, para impartir docencia en la especialidad a la que se opte. f) No hallarse excluido de las bolsas de personal funcionario interino de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, mediante Resolución del órgano competente, por incompetencia profesional o por otras causas que impidan la impartición de docencia, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 13.2 de la Orden de 8 de junio de 2011 (BOJA núm. 117, de 16 de junio de 2011). g) No ser personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo cuerpo al que se pretende acceder. h) Aportar certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativa de no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Deberá aportarse solo en los casos en los que el aspirante no autorice a la Administración para recabar de oficio dicha circunstancia cuando le sea expresamente requerido por la Administración, por no haberse podido obtener de oficio del Ministerio de Justicia o por cualquier motivo. i) El personal aspirante que no posea la nacionalidad española deberá acreditar el conocimiento del idioma castellano mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que posee un nivel adecuado de comprensión oral y escrita de esta lengua. El contenido de la prueba se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se establecen diplomas de español como lengua extranjera (DELE), modificado por el Real Decreto 264/2008, de 22 de febrero. No tendrán que cumplir con el trámite de la realización de la prueba, quienes estén en posesión de algunos de los títulos o certificados que se indican a continuación: - Diploma Superior de Español como lengua extranjera. - Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedido por la Escuela Oficial de Idiomas. - Título de Licenciatura o grado equivalente en Filología Hispánica o Románica. - Certificación académica en la que conste que se han realizado en el Estado español todos los estudios conducentes a la obtención de un título universitario. - Certificado de haber obtenido la calificación de apto en la prueba de acreditación de conocimiento del castellano en convocatorias efectuadas por esta Consejería a partir del año 2001, así como en otras Administraciones educativas españolas. - Diplôme de Langue Française (DL). 2. REQUISITOS ESPECÍFICOS: a) Poseer la titulación y especialidad requeridas, que a continuación se relacionan, de acuerdo con el Anexo II que figura en la Orden de 8 de junio de 2011. b) En los supuestos de participación en alguna de las bolsas con perfil bilingüe se deberá reunir, además de los requisitos referidos anteriormente, alguno de los requisitos de titulación a que se refiere la Orden de 28 de junio de 2011, por la que se regula la enseñanza bilingüe en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. * PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTAR BASES.

Más información

Fuente

BOJA nº 224 de 22/11/2017 (Pág.21)


Contacto

SOLICITUDES: En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, quienes deseen participar en esta convocatoria deberán cumplimentar el formulario web asociado a la solicitud de participación que facilitará esta Administración educativa a través del portal web de la Consejería de Educación. Dicho formulario se deberá cumplimentar a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. * PLAZO DE SOLICITUDES: El plazo de presentación de instancias será de diez días hábiles contabilizados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Convocatoria: Enlace a convocatoria en el BOJA
Fuente: BOJA nº 224 de 22/11/2017 (Pág.21)